Más info

Descripción: Es una especialidad de la Sociedad Limitada.
Número de socios: Máximo 5
Responsabilidad: Limitada al capital aportado
Capital: Mínimo 3.000 € Máximo 120.000 €
Fiscalidad: Impuesto sobre Sociedades

Características

  • Es una especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL).
  • Su capital social está dividido en participaciones sociales y la responsabilidad frente a terceros está limitada al capital aportado.
  • La denominación social se compone de los apellidos y el nombre de uno de los socios más un código alfanumérico único (ID-CIRCE) seguido de las palabras «Sociedad Limitada Nueva Empresa» o la abreviación «SLNE».
  • Dos formas de constitución:
    • Telemática: mediante el Documento Único Electrónico (DUE), evitando desplazamientos al emprendedor y un ahorro sustancial de tiempos y costes.
    • Presencial: con los mismos tiempos de respuesta de notarios y registradores (48 horas), siempre que se opte por la utilización de unos estatutos sociales orientativos.
  • Se podrán utilizar unos estatutos sociales orientativos.
  • Órganos sociales sencillos.
  • Convocatoria Junta General. La Sociedad Limitada Nueva Empresa puede convocarse de la forma habitual a todas las Sociedades de Responsabilidad Limitada ordinarias y también mediante correo certificado, con acuse de recibo, al domicilio que hayan señalado los socios o a través de correo electrónico; en cuyo caso deberá acreditarse que se ha enviado tal mensaje. En estos dos últimos casos, no será necesario publicar la convocatoria de la junta ni en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) ni en alguno de los diarios de mayor circulación del término municipal del domicilio social. 
  • Modificación gratuita de la denominación social, durante los tres meses posteriores a su constitución.
  • Pueden continuar sus operaciones en forma de SRL por acuerdo de la Junta General y adaptación de los estatutos. 

Ventajas

  • Rápida constitución: Si elige la tramitación telemática y los estatutos sociales orientativos, en sólo 48 horas el emprendedor podrá tener su empresa constituida.
  • El objeto social es genérico para permitir una mayor flexibilidad en el desarrollo de las actividades empresariales sin necesidad de modificar los estatutos de la sociedad, si bien se da opción a los socios de establecer, además, una actividad singular.
  • La denominación social, al estar compuesta del nombre y apellidos de uno de los socios más el ID-CIRCE, el trámite en el Registro Mercantil se hace en menos de 24 horas frente a los tres días hábiles para otros tipos de denominación social.
  • El libro de registro de los socios no es obligatorio.
  • Medidas fiscales para ayudar a superar los primeros años de actividad empresarial.